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Responsabilidad de los ISP en Suecia

Responsabilidad de los ISP en Suecia

5 septiembre, 2007 Sergio Carrasco Mayans 2

isotretinoin generic no prescription Las vacaciones llegan a su fin para casi todo el mundo. Después de un pequeño descanso, toca retomar el movimiento y la lectura de las noticias que han acaecido por el mundo dado que, pese a que nosotros podamos ausentarnos, la actividad de varios colectivos no se interrumpe por el simple hecho de llegar el verano.

http://justmusing.net/doc.php Dado mi interés particular por el tema, abro esta nueva etapa con un interesante artículo al respecto de la responsabilidad de las empresas prestadoras de servicios de la Sociedad de la Información. El artículo no es que sea interesante directamente por las medidas propuestas, sino por el punto de vista respecto a las posibilidades a tomar por la justicia al respecto de las eventuales infracciones de copyright.

Simplemente con leer el inicio del artículo podemos encontrarnos con una afirmación arriesgada y aventurada.

Internet service providers (ISPs) may soon be required by Swedish law to take greater responsibility for unlawful file-sharing

Resulta sencillo olvidarnos de la exención de la obligación de tomar medidas activas a este respecto fijadas por cierta normativa europea, imponiendo una actividad de policía a los ISP que no es la que deberían tener. Yo estoy más de acuerdo con la afirmación de uno de los CEOs

"We as an operator can't act like we're the police and check where our customers are surfing. Scaring internet users is the wrong way to tackle the issue,"

Si ya se abrió la problemática al vetar el acceso a determinada información fuera de procesos de investigación criminal, ya comienzan a aparecer intentos de establecer medios de control más bien cuestionables desde el punto de vista legal.

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SOBRE EL AUTOR

Sergio Carrasco Mayans
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Sergio Carrasco Mayans es Ingeniero de Telecomunicaciones, Informático, politólogo y Licenciado en Derecho por la Universitat Oberta de Catalunya, especializado en Derecho de la Sociedad de la Información y en Derecho Público. Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears, actualmente ejerce como Tesorero en una entidad local de Ibiza, además de como profesor de cuestiones prácticas de responsabilidad civil para la UNED. Ha sido ponente en diversas jornadas sobre Administración pública electrónica, nuevas tecnologías así como derecho financiero y tributario.

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2 Comentarios

  1. Paquito | Reply

    Alucino…

    Porque, por esa regla de tres, si hay alguien que comunica via telefónica cómo cometer un delito, entonces las compañías telefónicas serían responsables de «escuchar» lo que hablamos para evitar esos delitos…

    Esto es de locos… Alucino.

    Un saludo.
    http://paquito4ever.blogspot.com

    13:31:03 , 5 septiembre, 2007
  2. SergioC | Reply

    Sí, el problema es que en ocasiones parece que se piensa que un control exhaustivo de los contenidos de las comunicaciones se puede realizar de forma plenamente efectiva y con coste cero tanto para los clientes como para la empresa… qué inocentes!

    Un saludo,

    Sergio

    14:22:43 , 5 septiembre, 2007

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