http://armadillofoundationrepair.com/?s=大 乐 透 6 3-【✔️官网AA58·CC✔️】-mega millions中奖号码-大 乐 透 6 3370of-【✔️官网AA58·CC✔️】-mega millions中奖号码xt6s-大 乐 透 6 3m1yhg-mega millions中奖号码0q5h Leo en la entrevista realizada a Pedro Farré mencionada en el artículo anterior una curiosa afirmación del director de Gobierno Corporativo de la SGAE. En ella se afirma que "La remuneración compensatoria por copia privada es solo una faceta del derecho de autor. De hecho, no es la más importante. Solo una pequeña parte de los ingresos de nuestros socios proviene de esta modalidad. Lo que sucede es que es una facultad integrada en el derecho de autor y su titular no quiere, como es muy lógico, renunciar a ella."
Kalamazoo Esta afirmación choca con algunas conclusiones por razon del estudio que ha realizado AETIC respecto al ultracanon, en las que se indica que puede incluso llegar a ser posible que la remuneración compensatoria llegue a superar la que reciben de la venta de discos. Es curioso que cuando se habla del canon siempre se hable de lo malo que es, de lo mucho que perjudica a los autores el hecho de poder realizar copias privadas, pero nunca se habla claramente del beneficio que les comporta este hecho. Si en realidad los soportes llegan a subir de precio en porcentajes tan alarmantes como los que se estan barajando, el canon dejara de ser una palabra extraña para una parte de la sociedad para convertirse en un mal a vencer. Mucha gente no conoce Derecho, pero que les hagan pagar por algo que no hacen, eso sí que lo entienden.
No hay comentarios